La Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres (CEOSL) expresó, mediante un comunicado, su respaldo a la opinión consultiva emitida por la Corte Internacional de Justicia (CIJ), al considerar que ratifica que la huelga “es un derecho internacional de las y los trabajadores” y una parte esencial de la libertad sindical protegida por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La organización sostuvo que la decisión representa “un triunfo histórico del movimiento sindical mundial frente a los intentos de debilitar y desconocer los derechos colectivos de la clase trabajadora”.
La central sindical afirmó que la huelga constituye “una herramienta legítima de lucha y defensa frente a la explotación laboral, los despidos antisindicales, la precarización del empleo y las políticas que vulneran los derechos del pueblo trabajador”, al tiempo que remarcó que “la libertad sindical no puede existir sin el derecho de las y los trabajadores a organizarse, movilizarse y defender colectivamente salarios dignos, estabilidad laboral, seguridad social y contratación colectiva”.

Pronunciamiento sobre libertad sindical y convenios internacionales
En el documento difundido por la CEOSL, la organización señaló que el pronunciamiento de la Corte Internacional de Justicia “fortalece la lucha histórica de los sindicatos y obliga a los Estados a respetar plenamente los convenios internacionales del trabajo”, en referencia a los Convenios 87 y 98 de la OIT vinculados con libertad sindical y negociación colectiva.
La organización sindical también reclamó al Estado ecuatoriano y a las autoridades laborales “garantizar irrestrictamente el cumplimiento de los Convenios 87 y 98 de la OIT”, además de “poner fin a toda práctica de persecución, criminalización o vulneración de derechos sindicales”. El comunicado advierte que estas garantías son necesarias para preservar el ejercicio pleno de la actividad sindical y los mecanismos de representación colectiva.
La declaración fue difundida por la organización en el marco de las repercusiones internacionales tras el pronunciamiento judicial sobre el derecho de huelga y su vínculo con la libertad sindical.

