Corte Constitucional de Colombia avala la reforma pensional y fija su entrada en vigencia para 2027

El fallo mantiene la estructura central del nuevo sistema de pensiones, devuelve nueve artículos a la Cámara de Representantes para subsanar su trámite legislativo y posterga su aplicación hasta abril de 2027.

La Corte Constitucional de Colombia declaró exequible la mayor parte de la Ley 2381 de 2024, conocida como reforma pensional, según informó el Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados del Sector Financiero y de los Seguros. La decisión mantiene la estructura central del nuevo sistema de pensiones, aunque ordena devolver nueve artículos a la Cámara de Representantes para que sean subsanados dentro del trámite legislativo correspondiente.

Uno de los aspectos centrales del fallo es la continuidad de un sistema compuesto por cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y voluntario. De acuerdo con el comunicado, el nuevo esquema contempla una mayor participación de Colpensiones en la administración de los aportes obligatorios hasta el umbral de 2,3 salarios mínimos, mientras que los ingresos que superen ese límite se canalizarán hacia fondos privados de ahorro individual.

Transición y nueva fecha de aplicación

El comunicado también destaca el régimen de transición como un elemento relevante para quienes ya cuentan con un número significativo de semanas cotizadas. Para acceder a este régimen, se mantienen como referencia 750 semanas para las mujeres y 900 para los hombres, contabilizadas al 1 de abril de 2027.

La entrada en vigencia de la reforma fue postergada hasta el 1 de abril de 2027. Según el documento difundido por el sindicato, el fallo permite reducir la incertidumbre existente sobre la validez constitucional de la reforma y brinda un período para que trabajadores, empleadores y administradoras de pensiones se preparen para la transición al nuevo esquema.

El pronunciamiento señala que el contenido completo de la decisión aún no se conoce y presenta la resolución de la Corte como un paso que mantiene la estructura principal de la reforma, al tiempo que deja pendientes los ajustes correspondientes a los nueve artículos que deberán regresar a la Cámara de Representantes.

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