Sismo en Colombia: denuncian amenazas de sanción contra trabajadores que intentaron evacuar

Trabajadores de Stoneblack habrían recibido primero la orden de evacuar y retirarse a sus hogares, pero minutos después se les advirtió que podrían ser sancionados por “abandono de puesto” si abandonaban las instalaciones.

Una denuncia por presunto abuso laboral involucra a la empresa Stoneblack, en Medellín, luego de un episodio registrado tras el reciente sismo. Según la información difundida por el portal Enlace Noticias, los trabajadores recibieron inicialmente la instrucción de evacuar las instalaciones y dirigirse a sus hogares como medida de seguridad. Sin embargo, aproximadamente un minuto después, la gerencia habría modificado la orden y advertido que quienes se retiraran serían sancionados bajo la figura de “abandono de puesto”.

La situación habría colocado a los trabajadores ante una disyuntiva entre cumplir con la instrucción de permanecer en sus puestos y resguardar su integridad física frente a una eventual situación de riesgo. El material audiovisual difundido, que acompaña la denuncia, registra a trabajadores reunidos dentro de las instalaciones y presenta como eje del caso la advertencia: “Evacuen… pero si se van, los sanciono”.

Reclamo por protocolos de seguridad y salud en el trabajo

De acuerdo con la información suministrada por el medio, la denuncia generó cuestionamientos sobre la actuación de la empresa durante la emergencia y llamados a la intervención de las autoridades competentes. En ese contexto, se plantea la necesidad de determinar si las instrucciones impartidas fueron compatibles con los protocolos de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) ante una situación de riesgo.

La información difundida también recoge el planteo de especialistas en materia laboral, quienes señalan que la legislación colombiana contempla la fuerza mayor en situaciones como los movimientos telúricos y protege a los trabajadores frente a escenarios en los que exista un riesgo razonable para su vida o salud. En particular, se mencionan los artículos 51 y 62 del Código Sustantivo del Trabajo, aunque la eventual aplicación de estas disposiciones al caso deberá ser determinada por las autoridades competentes.

Se espera que el Ministerio del Trabajo inspeccione las instalaciones de Stoneblack para revisar el cumplimiento de los protocolos de seguridad y salud en el trabajo y determinar si corresponde iniciar actuaciones administrativas por la conducta denunciada.

 

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