MinTrab Chile impulsa reducción laboral a 40 horas semanales y convoca organizaciones sindicales

El “Sello #40Horas”, incluirá entre sus propuestas la Mesa Técnica, en la que se escucharán propuestas y opiniones de actores sindicales, empresariales, académicos y técnicos que servirán de insumo y guía.

La iniciativa de reducción de la jornada laboral fue presentada por la Secretaria General de Gobierno, Camila Vallejo, y la Ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, con el fin de mejorar la calidad de vida de las y los trabajadores.

El “Sello #40Horas”, incluirá entre sus propuestas la Mesa Técnica, nueve jornadas en la que se intercambiarán propuestas y opiniones de actores sindicales, empresariales, académicos y técnicos.

La iniciativa certificará a empresas que acrediten una reducción de su jornada laboral, sin disminuir su productividad.

«Es parte de nuestros compromisos programáticos más importantes avanzar hacia una jornada laboral de 40 horas”, dijo la Ministra Vallejo en un comunicado del Misterio de Trabajo.

Y agregó: «Esto no solamente para poder cumplir con uno de nuestros ejes fundamentales, que es tener dignidad laboral, trabajo decente, que cruza distintos compromisos programáticos, sino porque creemos en un modelo de sociedad distinto”.

La ministra Jara expresó, además, «un trabajo con seguridad social, un trabajo con remuneración justa, un trabajo sin discriminación, un trabajo con respeto a los derechos laborales y también un trabajo en el cual al centro esté la vida de las personas”.

Las empresas podrán postular al certificado “Sello 40 horas” en el sitio web del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, lo que iniciará un proceso de evaluación que incluirá los siguientes requisitos:

  • Tener contratado, conforme a la normativa del Código del Trabajo, a lo menos el 80% de los trabajadores y trabajadoras con una jornada ordinaria que no supere las 40 horas y que no sea menor a 30 horas semanales.
  • No haber sido condenada por vulneración a los derechos fundamentales previstos en el párrafo 6º del Capítulo II del Título I del Libro V del Código del Trabajo.
  • Estar al día en el pago de las obligaciones previsionales de sus trabajadoras y trabajadores.

 

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