El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de Perú actualizará la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo para adecuarla a los estándares internacionales y garantizar los derechos de las y los trabajadores.
Este cambio se realiza con el fin de disminuir los conflictos laborales. A través del Decreto Supremo N° 014-2022-TR, publicado en el diario El Comercio, se realizarán modificaciones y actualizaciones.
Entre ellas, se facilitará la deducción de las cuotas sindicales por parte del empleador y el depósito de las mismas a las organizaciones sindicales.
Además se deja la prohibición expresa de que el empleador reemplace, de manera directa o indirecta, a los trabajadores en huelga, y cualquier otra acción que impida u obstruya el ejercicio del derecho de huelga.
🗞️ La modificación del reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, a través del DS N° 014-2022-TR, es un esfuerzo por garantizar los derechos de las y los trabajadores, acogiendo las recomendaciones de organismos internacionales. ⁰ #EquilibremosLaBalanza pic.twitter.com/EDdzO9uO51
— Ministerio de Trabajo (@MTPE_Peru) July 25, 2022
Las modificaciones contemplan aspectos de simplificación administrativa, reducen los requisitos documentales para los procedimientos de inscripción de organizaciones sindicales en el registro sindical y comunicación de la declaración de huelga.
Por otra parte, se adecua la normativa nacional en materia de derechos fundamentales incluidos en el artículo 28 de la Constitución: libertad sindical, negociación colectiva y derecho de huelga; a las decisiones, recomendaciones y observaciones de los órganos de control de la OIT y a los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
El MTPE, de acuerdo a información de El Comercio, precisó que “se busca atender la situación en la que se encuentran las organizaciones sindicales en nuestro país, debido a la desprotección y precariedad generadas por normas que no favorecen el ejercicio de los derechos colectivos de las y los trabajadores”.