21 de septiembre de 2024. | Nº de edición: 1326

Ministerio de Trabajo en Perú modifica Ley para garantizar la libertad sindical y el derecho a la huelga

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de Perú actualizará la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo para adecuarla a los estándares internacionales y garantizar los derechos de las y los trabajadores.

Este cambio se realiza con el fin de disminuir los conflictos laborales.  A través del Decreto Supremo N° 014-2022-TR, publicado en el diario El Comercio, se realizarán modificaciones y actualizaciones.

Entre ellas, se facilitará la deducción de las cuotas sindicales por parte del empleador y el depósito de las mismas a las organizaciones sindicales.

Además se deja la prohibición expresa de que el empleador reemplace, de manera directa o indirecta, a los trabajadores en huelga, y cualquier otra acción que impida u obstruya el ejercicio del derecho de huelga.

Las modificaciones contemplan aspectos de simplificación administrativa, reducen los requisitos documentales para los procedimientos de inscripción de organizaciones sindicales en el registro sindical y comunicación de la declaración de huelga.

Por otra parte, se adecua la normativa nacional en materia de derechos fundamentales incluidos en el artículo 28 de la Constitución: libertad sindical, negociación colectiva y derecho de huelga; a las decisiones, recomendaciones y observaciones de los órganos de control de la OIT y a los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

El MTPE, de acuerdo a información de El Comercio, precisó que “se busca atender la situación en la que se encuentran las organizaciones sindicales en nuestro país, debido a la desprotección y precariedad generadas por normas que no favorecen el ejercicio de los derechos colectivos de las y los trabajadores”.

Maria Paola Zuluaga
Maria Paola Zuluaga
Periodista-editora especializada en DDHH y género, arte y cultura.
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