22 de diciembre de 2024. | Nº de edición: 1418

La CATP Perú rechaza resolución que restringe beneficios laborales a dirigentes sindicales

El informe restringiría el acceso a beneficios laborales a dirigentes sindicales con licencia sindical y miembros del comité de negociaciones colectivas.

La Confederación Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP) ha expresado su enérgico rechazo al Informe Técnico Nº 805-2024-SERVIR-GPGSC, emitido por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SERVIR) el pasado 10 de mayo. Dicho informe establece una restricción al acceso a beneficios laborales para dirigentes sindicales con licencia sindical y miembros del comité de negociaciones colectivas.

La restricción se enmarca en el contexto de la negociación colectiva centralizada y la falta de cumplimiento de obligaciones por parte del Ministerio de Economía y Finanzas. La CATP denuncia una actuación dolosa y de mala fe por parte de SERVIR al emitir este informe, ya que el mismo no ha sido consensuado con los representantes de los trabajadores.

El sindicato argumenta que esta restricción vulnera el derecho a la libertad sindical y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Además, se menciona el artículo 32 del Decreto Supremo Nº 010-2003-TR, que establece que los permisos y licencias sindicales se consideran trabajados para todos los efectos legales.

Llamado a la aclaración y derogatoria:

La CATP solicita a la Autoridad Nacional del Servicio Civil una aclaración inmediata del informe y exige la derogatoria del Decreto Legislativo Nº 1602, que establece la restricción en cuestión. También critica la falta de enfoque de derechos en los pronunciamientos de SERVIR, que parecen favorecer a los empleadores en detrimento de los trabajadores.

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