04 de enero de 2025. | Nº de edición: 1431

WIEGO destaca desafíos y propuestas para los derechos laborales en el empleo informal

El informe evidenció que, en muchos casos, las leyes existentes imponen restricciones que dificultan la organización sindical y excluyen a los trabajadores de los sistemas de protección social.

El Día Internacional de los Derechos Humanos, celebrado cada 10 de diciembre, recuerda la adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, un documento histórico que establece los derechos laborales fundamentales para la dignidad humana, como el derecho al trabajo, a formar sindicatos, y a condiciones laborales decentes. Sin embargo, a más de 75 años de su creación, alrededor de 2 mil millones de trabajadores en empleo informal en el mundo aún no pueden ejercer plenamente estos derechos, según destaca un informe publicado por la organización Mujeres en Empleo Informal: Globalizando y Organizando WIEGO.

El principal obstáculo, según Allison Corkery, la persona a cargo de la investigación, radica en la distinción que hace el marco jurídico laboral entre trabajadores formales e informales. Esta división excluye a quienes están en el empleo informal de las protecciones legales y derechos laborales esenciales, o bien limita su alcance. Para enfrentar esta exclusión, WIEGO aboga por expandir el estudio y la aplicación de la ley laboral desde una perspectiva de derechos humanos. «Esto permite visibilizar y abordar los desafíos particulares que enfrentan los trabajadores informales», señala la autora.

El informe también resalta la responsabilidad de los Gobiernos como garantes de los derechos laborales. Manifestando que en muchos casos las leyes existentes imponen restricciones que dificultan la organización sindical en el sector informal y excluyen a estos trabajadores de los sistemas de protección social. Mientras que, las regulaciones locales suelen criminalizar o restringir arbitrariamente sus actividades, lo que vulnera los compromisos asumidos por los Estados en materia de derechos humanos.

Desde una perspectiva de derechos humanos, Corkery argumenta que las ciudades deben garantizar infraestructura resistente al clima que proteja sus lugares de trabajo. «Los derechos socioeconómicos consagrados en las leyes internacionales respaldan la necesidad de entornos laborales seguros y saludables», afirma.

Asimismo, el documento enfatiza que las obligaciones de los Estados no se limitan a sus fronteras. En el contexto de cadenas de valor globales, muchos trabajadores informales, como vendedores ambulantes y recicladores, están sujetos a condiciones dictadas por corporaciones transnacionales. Estas empresas, según Corkery, deben rendir cuentas bajo las leyes internacionales de derechos humanos, lo que subraya la importancia de incluir las voces de los trabajadores informales en estos debates.

No obstante, la autora advierte que los derechos humanos no deben sustituir a las leyes laborales como el principal marco jurídico para proteger a los trabajadores. En cambio, ambos enfoques deben complementarse. Los derechos laborales ofrecen mecanismos para negociar colectivamente mejores condiciones, mientras que los derechos humanos aportan principios como la participación pública y el compromiso cívico.

Finalmente, Corkery celebra los avances logrados por WIEGO en América Latina y África para desarrollar estándares inclusivos que traduzcan las promesas de la Declaración Universal en derechos concretos para los trabajadores informales.

LATAM GREMIAL
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