25 de abril de 2024. | Nº de edición: 1177

Se aprobó la Ley que dignifica el teletrabajo en Perú

La medida estipula «la desconexión digital, a la intimidad, privacidad e inviolabilidad de la comunicaciones y documentos privados del teletrabajador”.

Con la inserción de la ley, que fue aprobada el pasado 2 de septiembre, se regulará el teletrabajo en las entidades públicas e instituciones y empresas privadas en el marco del trabajo decente propuesto por OIT y las conciliaciones entre la vida personal, familiar y laboral.

La norma que entrará en vigor en el transcurso de noviembre señala que esta modalidad de trabajo, que se instauró con fuerza durante la pandemia, “será de carácter voluntario y reversible, de forma temporal o permanente, total o parcial”, y flexibilizará la distribución del tiempo de la jornada laboral.

Asimismo, estipula que se realizará dentro del territorio nacional o en el exterior, y el lugar acordado deberá contar con las condiciones digitales y comunicacionales adecuadas.

Según información suministrada por el portal de noticias RPP de Perú, bajo esta modalidad, las y los trabajadores tendrán derecho a recibir los equipos, el servicio de acceso a internet o las compensaciones económicas por la provisión de estos, además de la compensación del consumo de energía eléctrica.

También tendrán derecho a «la desconexión digital, a la intimidad, privacidad e inviolabilidad de la comunicaciones y documentos privados del teletrabajador”.

En ese sentido, el empleador tendrá las mismas obligaciones que las establecidas para los trabajadores o servidores civiles de modalidad presencial, teniendo en cuenta el régimen laboral de cada teletrabajador.

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