30 de julio de 2025. | Nº de edición: 1638

OIT 2025: aprobado Convenio 192 para la prevención de peligros biológicos

La comisión consolidó un hito histórico que garantiza un marco jurídico e iniciativas encaminadas en garantizar los derechos y seguridad laboral de los trabajadores.

Enviados especiales desde Ginebra – En el marco del cierre de la 113.ª Conferencia Internacional del Trabajo, en el último día de conclusión y votaciones, la Comisión Normativa sobre los Peligros Biológicos logró aprobar la adopción del convenio 192 y su recomendación luego de dos semanas de debates para la construcción de un marco normativo más inclusivo y preventivo en materia de salud laboral.

El convenio 192 y su recomendación garantiza la seguridad en la salud y sus cuidados de prevención. Lo revolucionario es que se ha logrado una extensión de la convención, que ya no solo brindará amparo a servicios públicos. Los demás rubros que a partir de ahora tendrán una proyección serán además, saneamiento, residuos, limpieza, gestión de espacios públicos, jardines, jardines de infancia, educación primaria, bibliotecas, municipales, bomberos, servicios funerarios y mortuorios, laboratorios y guardabosques.

Para lograr consolidar este hecho histórico, durante las extensas jornadas de debates, se han examinado numerosos casos, donde se remarcó el antes y el después de lo que significó la pandemia de COVID 19 en el ámbito laboral. Partiendo desde esa base, se han impulsado una serie de recomendaciones y documentos para garantizar la protección completa de los trabajadores y prevenir los accidentes laborales.

Peligros biológicos en el trabajo: ¿Qué se debatirá en la Conferencia Internacional del Trabajo?

¿Qué dice el convenio y la recomendación?

Los puntos más fuertes del convenio y lo novedoso es la amplitud de representación del convenio, ya hacía “a todos los trabajadores en todas las ramas de actividad económica”. En la misma línea, detalla que será necesario “adoptar todas las medidas razonables y factibles para eliminar los peligros biológicos en el entorno de trabajo o, cuando ello no sea posible, controlar y minimizar los riesgos debidos a dichos peligros, teniendo debidamente en cuenta la jerarquía de los controles”.

Además, como puntos destacados, da garantía de los equipos de protección profesional, la supervisión de procesos de trabajo y que los trabajadores reciban la constante comunicación y formación en torno a los peligros biológicos en el trabajo.

A partir de ahora, con un marco jurídico histórico, solamente quedará hacer cumplir una nueva instancia de seguridad y salud en el trabajo.

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